¿Adelantar o sobrepasar?

Esta es una duda frecuente, no sólo entre los propios usuarios de la bicicleta, sino  entre los conductores de vehículos a motor.
Todos hemos visto al automóvil de turno, que circula por una vía de dos o más carriles ocupando el carril izquierdo continuamente y no permitiendo al resto de usuarios adelantarle. Por no hablar de las vías de tres carriles en el mismo sentido, en donde siempre nos encontramos al usuario que “vive y paga hipoteca” en el carril central.
Veamos lo que dice el Reglamento de Circulación:

Real Decreto 1428/2003. Artículo 31. Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha.

El conductor de un automóvil o de un vehículo especial con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia. Además, fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

Podría pensarse que la expresión “circulará normalmente por el situado más a su derecha” no es imperativa y que deja lugar a escoger, pero  el texto es claro: ” podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen“. De hecho, no circular por la derecha sin motivo justificado es sancionable con 200€.

Pero ¿qué sucede en ciudad?

El reglamento dice:

 Artículo 33 :Utilización de los carriles, en poblado, en calzadas con más de un carril reservado para el mismo sentido de marcha.

Cuando se circule por calzadas de poblado con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, excepto si se trata de autopistas o autovías, el conductor de un automóvil o de un vehículo especial podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, siempre que no sea un obstáculo a la circulación de los demás vehículos, y no deberá abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.

Artículo 83: 3. En todo tramo de vía en que existan carriles de aceleración o deceleración o carriles o partes de la vía destinadas exclusivamente al tráfico de determinados vehículos, tampoco se considerará adelantamiento el hecho de que se avance más rápidamente por aquellos que por los normales de circulación, o viceversa.

Calle con zona adelantada para bicicletas

En la ciudad no se aplica esta norma, ya lo dice el reglamento: “fuera de poblado“. Por tanto en ciudad se podrá circular indistintamente, aunque en la práctica y por el bien de la circulación y la educación vial, debemos circular por la derecha, a no ser que tengamos que colocarnos en un carril diferente porque vayamos a abandonar la vía por la que circulamos.

Y ¿qué sucede con las bicicletas que circulan por arcén?

Esto es lo que dice el reglamento de circulación:

  • La posibilidad de circular por el arcén tanto motos como bicis cuando haya atasco.

  • Autorizar a los ciclistas a circular por el centro de la calzada en aquellas vías con un límite máximo de velocidad de 50 km/h.

Por tanto, el ciclista, en poblado, podrá circular por la derecha o izquierda, si va a girar en el próximo cruce, inclusive si la circulación está detenida, de esta manera es posible su colocación al frente en un semáforo si existe zona adelantada. No es un adelantamiento, es sobrepasar al resto de usuarios.

Circulando correctamente, en paralelo. Aunque hay arcén, no es suficiente para los dos ciclistas, uno puede ocupar la calzada. Si existe retenciones, han de colocarse en fila individual.

El adelantamiento es una maniobra de circulación que consiste en tres movimientos:

  1. Indicar con la luz intermitente correspondiente la intención de colocarse en el carril izquierdo.
  2. Movimiento del automóvil para desplazarse lateralmente y ocupar el carril izquierdo para realizar el adelantamiento al automóvil que le precede.
  3. Volver al carril que había abandonado indicándolo con el intermitente derecho y una vez que el vehículo que es  adelantado, es posible observarlo en el retrovisor interior.

Por tanto, si el ciclista circula por el arcén, lugar que le corresponde en vía interurbana y al que le obliga el reglamento, y sobrepasa al resto de vehículos motorizados que circulan por la calzada, no se considera adelantamiento, pues nunca realiza los tres movimientos anteriores, sólo sobrepasa al resto de usuarios. Y es responsabilidad del resto de usuarios el verificar, que no hay nadie ocupando esa zona, si tiene intención de detenerse, por cualquier razón, en esa zona.

 

 

El adelantamiento del ciclista

Aún existen dudas de cómo se ha de adelantar al o los ciclistas.

Recuerden que se puede circular en paralelo por tanto, la norma afecta de igual manera, sea uno, dos o un grupo. Así mismo el vehículo a motor no puede adelantar al o los ciclistas si se acerca otro vehículo en sentido opuesto, incluido otro ciclista, aunque vaya por el arcén.

Y la duda de la línea continua; se puede adelantar, manteniendo las indicaciones anteriores descritas.

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La circulación en paralelo

Esta es otra de las cuestiones que siguen campando en los mentideros ciclistas o automovilistas, pues se sigue teniendo dudas sobre, si es posible la circulación en paralelo, si se ha de hacer en fila india, si se puede ir en grupo, etc.

Vamos a intentar aclararlo de una manera comprensible y a su vez indicando lo que dice el RGC (Reglamento General de Circulación) sobre este aspecto.

Paralelo pero ocupando calzada, ¿correcto?

Reglamento: Se permite a los conductores de bicicleta circular sin mantener la separación entre ellos, extremando en esta situación la atención a fin de evitar alcances entre ellos. (Artículo 54.1)
Se autoriza también su circulación en paralelo, en columna de a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos de poca visibilidad. (Artículo 36.2).
En autovías solo podrán circular por el arcén, y siempre que sean mayores de 14 años y no esté prohibido por la señal correspondiente. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo. El grupo de ciclistas se considerará como un solo vehículo.

Y se ha de circular por el arcén siempre y cuando, éste sea practicable. Y aquí viene el quiz de la cuestión,

¿Qué es arcén practicable?

No tiene la misma visión de un arcén practicable, quien circula en camión, en un todo-terreno, automóvil, motocicleta o bicicleta. Lo que es practicable para uno, no lo es para el otro. Y para una bicicleta de carretera de apenas 2 cm. de contacto con la calzada, la idea de “practicable” es mucho más limitada.

Los arcenes suelen tener un pobre mantenimiento, en algunos casos, nulo. Arcenes con cristales, basura, asfaltado deficiente, baches es algo común en nuestras carreteras. Por tanto se hace imposible la circulación por ellos, por lo que si se nos denuncia por los miembros de la agrupación de tráfico, habrá que hacer notar esta circunstancia.

Dudas

Circulamos por una vía con arcén, pero éste no es lo suficientemente ancho para que quepan los dos ciclistas. Por tanto, el que circula más al interior, cercano de la calzada, ha de ocupar parte de la vía por la que circula el coche, ¿es sancionable?

Aquí la respuesta es lógica, no podemos circular por el arcén, pues es de un reducido tamaño, pero la ley nos permite circular en paralelo. Mientras no creamos retenciones podemos seguir circulando en paralelo, si las producimos, hemos de colocarnos en fila india.

Circulación paralela, correcta

Esto que acabo de indicar, es susceptible de un análisis más profundo.

Si somos 20 ciclistas y cada uno ocupa dos metros de longitud más 10 centímetros de separación con el que te precede, son 30 metros de longitud. Pero si hemos de colocarnos en fila india, la distancia que ocuparemos será del doble, haciendo que el adelantamiento sea más duradero y por tanto, algo más delicado. Pregunto, ¿no es más fácil seguir en paralelo?
Veamos: el adelantamiento es más rápido y seguro, pues la separación de la bicicleta poco va a variar. El adelantamiento que realiza el automóvil al grupo de ciclistas ha de ocupar prácticamente el lado contrario de la calzada, la medida estandar es de 3,5 metros de ancho (exceptuamos vías de <40 km/h y un indice de uso inferior a 2 000 automóviles día, cuya medida está en 3 metros), la distancia sobre el ciclista o grupo sigue siendo de 1,5 metros, el tiempo que permanece el automóvil realizando la maniobra de adelantamiento es inferior a realizar ese mismo adelantamiento a todo el grupo, pero en fila india.

Resumiendo

Podrás circular siempre en paralelo (de a dos), a no ser que generes retenciones o en situaciones de poca visibilidad.
Aunque no haya arcén, podrás circular en paralelo, si lo hay, has de circular por él, aunque no sea suficiente para circular ambos ciclistas, pudiendo ocupar uno la parte de la calzada indispensable. por autovías podrás circular exclusivamente por el arcén, si eres mayor de 14 años y no haya señal de prohibición.

Esto no se puede hacer

Lo importante: Aunque podamos circular en paralelo, seamos conscientes de que debemos ayudar al conductor del automóvil a adelantarnos, generamos un buen ambiente y posiblemente hayamos creado un nuevo conductor agradecido y que recordará este acto la próxima vez que encuentre a ciclistas.

Conductor, ¿cuánto tarda en adelantar a un grupo ciclista?, respétalo, todos somos usuarios de la vía.

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