Esta es una duda frecuente, no sólo entre los propios usuarios de la bicicleta, sino  entre los conductores de vehículos a motor.
Todos hemos visto al automóvil de turno, que circula por una vía de dos o más carriles ocupando el carril izquierdo continuamente y no permitiendo al resto de usuarios adelantarle. Por no hablar de las vías de tres carriles en el mismo sentido, en donde siempre nos encontramos al usuario que “vive y paga hipoteca” en el carril central.
Veamos lo que dice el Reglamento de Circulación:

Real Decreto 1428/2003. Artículo 31. Utilización de los carriles, fuera de poblado, en calzadas con más de un carril para el mismo sentido de marcha.

El conductor de un automóvil o de un vehículo especial con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos circulará por la calzada y no por el arcén, salvo por razones de emergencia. Además, fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de marcha, circulará normalmente por el situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.

Podría pensarse que la expresión “circulará normalmente por el situado más a su derecha” no es imperativa y que deja lugar a escoger, pero  el texto es claro: ” podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen“. De hecho, no circular por la derecha sin motivo justificado es sancionable con 200€.

Pero ¿qué sucede en ciudad?

El reglamento dice:

 Artículo 33 :Utilización de los carriles, en poblado, en calzadas con más de un carril reservado para el mismo sentido de marcha.

Cuando se circule por calzadas de poblado con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, excepto si se trata de autopistas o autovías, el conductor de un automóvil o de un vehículo especial podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, siempre que no sea un obstáculo a la circulación de los demás vehículos, y no deberá abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.

Artículo 83: 3. En todo tramo de vía en que existan carriles de aceleración o deceleración o carriles o partes de la vía destinadas exclusivamente al tráfico de determinados vehículos, tampoco se considerará adelantamiento el hecho de que se avance más rápidamente por aquellos que por los normales de circulación, o viceversa.

Calle con zona adelantada para bicicletas

En la ciudad no se aplica esta norma, ya lo dice el reglamento: “fuera de poblado“. Por tanto en ciudad se podrá circular indistintamente, aunque en la práctica y por el bien de la circulación y la educación vial, debemos circular por la derecha, a no ser que tengamos que colocarnos en un carril diferente porque vayamos a abandonar la vía por la que circulamos.

Y ¿qué sucede con las bicicletas que circulan por arcén?

Esto es lo que dice el reglamento de circulación:

  • La posibilidad de circular por el arcén tanto motos como bicis cuando haya atasco.

  • Autorizar a los ciclistas a circular por el centro de la calzada en aquellas vías con un límite máximo de velocidad de 50 km/h.

Por tanto, el ciclista, en poblado, podrá circular por la derecha o izquierda, si va a girar en el próximo cruce, inclusive si la circulación está detenida, de esta manera es posible su colocación al frente en un semáforo si existe zona adelantada. No es un adelantamiento, es sobrepasar al resto de usuarios.

Circulando correctamente, en paralelo. Aunque hay arcén, no es suficiente para los dos ciclistas, uno puede ocupar la calzada. Si existe retenciones, han de colocarse en fila individual.

El adelantamiento es una maniobra de circulación que consiste en tres movimientos:

  1. Indicar con la luz intermitente correspondiente la intención de colocarse en el carril izquierdo.
  2. Movimiento del automóvil para desplazarse lateralmente y ocupar el carril izquierdo para realizar el adelantamiento al automóvil que le precede.
  3. Volver al carril que había abandonado indicándolo con el intermitente derecho y una vez que el vehículo que es  adelantado, es posible observarlo en el retrovisor interior.

Por tanto, si el ciclista circula por el arcén, lugar que le corresponde en vía interurbana y al que le obliga el reglamento, y sobrepasa al resto de vehículos motorizados que circulan por la calzada, no se considera adelantamiento, pues nunca realiza los tres movimientos anteriores, sólo sobrepasa al resto de usuarios. Y es responsabilidad del resto de usuarios el verificar, que no hay nadie ocupando esa zona, si tiene intención de detenerse, por cualquier razón, en esa zona.